​Segunda Sala resaltó protección al derecho de pueblos a consulta
Destacó en su informe el ministro Pérez Dayán fallos sobre la responsabilidad de funcionarios y el Hoy No circula
Por David GalvánMéxico.- Si bien reconoció que falta aún mucho camino por recorrer y también bastante por hacer para consolidar el sistema de Justicia al que la sociedad aspira, el ministro Alberto Pérez Dayán enfatizó el avance obtenido en el año que termina en cuanto a juicios sobre derechos humanos, salud, responsabilidad de servidores públicos y los derechos de los pueblos indígenas
Como parte de su informe de labores de 2015, el presidente de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia destacó las determinaciones del Poder Judicial para reiterar los tratados internacionales de protección a los pueblos originarios en casos el derecho de consulta previa de apicultores mayas del estado de Yucatán frente a la siembra de soya transgénica
"Esto significa que les asiste derecho a ser escuchados cuando una decisión estatal pueda causar un impacto significativo en su entorno, identidad étnica o sus condiciones de vida, como lo son, entre otras, la pérdida de su territorio, el desalojo de sus tierras, el agotamiento de los recursos naturales necesarios para su subsistencia o la destrucción y contaminación del ambiente tradicional"
Con relación al juicio de amparo, los ministros que integran este órgano decidieron querer el Programa de Verificación Vehicular del DF debería atender únicamente el nivel de contaminantes en el entendido que su finalidad en de índole ambiental
"Debe destacarse que este último criterio trajo como consecuencia inmediata que las autoridades competentes modificaran el Programa de Verificación Vehicular, para permitir un trato igualitario que sólo se apoya en el nivel de contaminación que genera un vehículo, y no en el año de su fabricación. Nuestro amplio reconocimiento a la respuesta administrativa del caso"
Durante su informe ante los representantes del Poder Judicial, el ministro Pérez Dayán habló de un cambio fundamental para el combate a la corrupción, cuando la sala determinó que la responsabilidad de servidores públicos puede ser de carácter punitivo, al establecer sanciones, o resarcitorio
"En cambio, la de resarcimiento tiene por objeto recuperar el daño patrimonial causado al Estado por un indebido ejercicio de los recursos públicos, de ahí que en función de sus efectos, es imponible incluso a terceros, aun cuando el servidor público hubiese ya fallecido"
Entre los fallos emitidos, el Ministro Pérez Dayán citó el relacionado con el derecho al nivel más alto de protección a la salud, el cual cobijó el reclamo de los pacientes cuando autoridades hospitalarias no demostraron haber empleados todos los recursos disponibles, en cuanto a bienes, instalaciones y servicio médico de calidad, para asegurar la plena efectividad de ese derecho.