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  • 25 ABR 2024, Actualizado 02:04

Nuevos partidos no podrán ir en coalición inicialmente

La Suprema Corte determinó este criterio para fuerzas políticas de nuevo registro, al menos en la primera elección que participen

Nuevos partidos no podrán ir en coalición inicialmente

Por David Galván. México.- En una votación complementaria a lo discutido el día lunes respecto a la inconstitucionalidad de la Reforma Electoral, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó como facultad exclusiva del Congreso de la Unión el legislar en materia de ‘coaliciones’ para comicios a cualquier nivel. Al contabilizar el voto del ministro Sergio Valls, quien se había ausentado en sesiones anteriores por problemas de salud, el máximo tribunal del país se resolvió que los partidos que recién hayan obtenido su registro, quedan impedidos de participar en candidaturas comunes durante la primera elección a la que acudan. Esto expresó el integrante de la Corte, Alberto Pérez Dayán, sobre la invalidez una fracción de la Constitución de Guerrero: “Toda la explicación de esta acción de inconstitucionalidad parte de la misma filosofía que llevó al Constituyente Federal para efecto de su primera participación, los partidos políticos no entrarán en una coalición, esto, con la finalidad de medir efectivamente esta oferta política y su fuerza real en la sociedad”

Al no alcanzar el consenso suficiente en el máximo tribunal, se validó también el método estadístico aleatorio para el recuento de votos en la elección de Senadores, cuando existan una diferencia menor al 1 por ciento y la apertura del 10 por ciento de los paquetes electorales para determinar a un ganador. De esta manera, el Pleno de la Suprema Corte ha resuelto casi en su totalidad las cerca de 60 acciones de inconstitucionalidad promovidas por diversos partidos respecto a las leyes secundarias de la Reforma Electoral.

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