• 05 MAY 2024, Actualizado 07:31

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Ley antiaborto en Querétaro, inválida sólo para municipio de Arroyo Seco: SCJN

En este momento, los ministros discuten la controversia constitucional promovida por el municipio de Ixtaltepec, Oaxaca en contra de la reforma al artículo 12 de la Constitución del Estado, con la que se protege la vida desde el momento de la concepción

Por Yadira RodríguezMéxico.- Por mayoría de ocho votos contra tres, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la ley contra el aborto de Querétaro es inválida, pero sólo para el municipio de Arroyo Seco, que fue el que impugnó la norma

Y es que los ministros otorgaron una invalidez con efectos relativos, por lo que en los otros 17 municipios del estado el artículo segundo de la Constitución de Querétaro, que protege la vida desde el momento de la concepción, seguirá aplicándose

En este momento, los ministros iniciaron la discusión de la controversia constitucional promovida por el municipio de Ixtaltepec en contra de la reforma al artículo 12 de la Constitución del Estado, con la que se protege la vida desde el momento de la concepción