Facultad de IFE sancionar a funcionarios: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, puntualizó que sólo el Instituto Federal Electoral puede imponer sanciones a servidores públicos federales por la difusión de propaganda gubernamental durante periodos de comicios
México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), puntualizó que sólo el Instituto Federal Electoral (IFE) puede imponer sanciones a servidores públicos federales por la difusión de propaganda gubernamental durante periodos de comicios
De igual forma, avaló que los institutos electorales de los estados puedan documentar esa actividad y denunciarla ante el IFE, para que imponga las sanciones correspondientes
Con lo que se respetan, indicó, los límites de las atribuciones entre autoridades locales y federales
Al respecto, la Corte subrayó que tratándose de faltas por la difusión de propaganda gubernamental de autoridades federales, sólo se está dando una potestad de denuncia a la autoridad electoral local
Con ello no se invaden atribuciones del IFE, porque sólo se le faculta a la autoridad electoral local para documentarla pero no para sancionarla, abundó
Al discutir acciones de inconstitucionalidad que presentaron los partidos Convergencia, del Trabajo (PT) y de la Revolución Democrática (PRD) contra reformas en materia electoral en el estado de Coahuila, la Corte subrayó que sólo el IFE puede sancionar la propaganda gubernamental federal durante periodos electorales
El ministro presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia dijo en este sentido que en ningún caso la autoridad local podría cuestionarle a una autoridad federal respecto a un indebido gasto público federal que altere la equidad de los partidos en la entidad correspondiente
Asimismo, enfatizó que la infracción sólo se comete dentro de una temporalidad, que son las campañas y procesos electorales, con la finalidad de inducir o coaccionar a los ciudadanos para influir en el voto hacia los partidos políticos
Con información de Notimex