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Existe el delito de violación en el matrimonio, determina la Corte

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que sí existe el delito de violación dentro del matrimonio, si uno de los cónyuges obliga al otro de manera violenta a sostener relaciones sexuales.

México D.F., 17 de noviembre, 2005.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que sí existe el delito de violación dentro del matrimonio, si uno de los cónyuges obliga al otro de manera violenta a sostener relaciones sexuales.

De esa manera se modifica la jurisprudencia 1A./J.10/94, que asentaba que dentro del matrimonio no existía el delito de violación y que al imponer la cópula de manera forzada sólo se llevaba cabo el ejercicio indebido de un derecho.

En W Radio, la ministra Olga Sánchez Cordero aseguró que “esto tiene que ver con la propiedad, la mujer era básicamente posesión y propiedad del marido y como tal tenía que sujetarse a una violencia intrafamiliar terrible. Así decían los autores: la posee, es casi su propiedad; lo peor de todo es que ni siquiera lo meditábamos nosotros que estudiábamos”.

Los cinco ministros integrantes de esa sala establecieron que sí ocurre ese ilícito aun entre cónyuges, pues ese comportamiento atenta contra la libertad sexual del individuo además de que perjudica a un tercero.

En entrevista con Carmen Aristegui, Sánchez Cordero aseguró que dicha resolución está basada en que “si hay una violencia física o moral para someter a otra persona a realizar una relación sexual, en ese momento hay un delito de violación tipificado porque es en contra de la voluntad del sujeto pasivo”.

Precisó que ahora, “los ministerios públicos deben estar muy capacitados y sobre todo sensibles, hay ministerios donde llega una mujer a denunciar una violación y o la ignoran o piensan que ella lo provocó”.

“Debe haber una sensibilidad de lo que esta pasando en materia de violencia intrafamiliar”, puntualizó.

La SCJN también resolvió que los niños tienen el derecho de solicitar, en un juicio, que se le practique a sus presuntos padres la prueba genética del ácido desoxirribonucleico (ADN) para determinar si son o no sus hijos.

Sobre el tema, la ministra también señaló que “los niños tienen derecho a la identidad, certeza jurídica y familiar y a solicitar información sobre su origen identidad, la identidad de sus padres y conocer su origen genético”.

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