Jubilación anticipada ISSSTE: ¿cuántos años debes cotizar para retirarte antes de los 60?
Cumplir la edad es solo el primer paso para acceder a la jubilación anticipada del ISSSTE. El decreto firmado por Sheinbaum establece un mínimo de años cotizados para trabajadores del Estado y delimita quiénes pueden beneficiarse de la reducción gradual en la edad de retiro
La jubilación anticipada del ISSSTE exige cumplir con los años mínimos de cotización y la edad que corresponda según el régimen aplicable. / W Radio
La jubilación anticipada del ISSSTE abre la puerta para que algunos trabajadores al servicio del Estado puedan retirarse antes de cumplir los 60 años. Ahora bien, tener la edad mínima no quiere decir que ya puedas ir corriendo a tramitar tu pensión.
Lo hemos contado aquí en W Radio, este decreto que reconoce el derecho a una pensión jubilatoria justa y digna plantea bajar poco a poco la edad mínima para que determinados trabajadores del Estado puedan jubilarse.
Y un detalle que puede hacer toda la diferencia es que los requisitos no son iguales para hombres y mujeres. Entonces, si ya estás haciendo cuentas porque te quieres retirar y cotizas ante el ISSSTE, checa bien los requisitos que te compartimos a continuación.
¿Cuántos años debes cotizar para jubilarte antes de los 60 por el ISSSTE?
Los mínimos señalados son:
- Trabajadoras, 28 años o más de cotización.
- Trabajadores, 30 años o más de cotización.
Así que, por ejemplo, puedes tener la edad mínima que marca el calendario y aun así no poder jubilarte si todavía te faltan años de cotización. Esto es importante porque la nueva política de jubilación no borra el requisito de antigüedad para las personas a las que va dirigido el decreto. Lo que cambia es la edad mínima que necesitas para poder acceder a la pensión conforme pasan los años.
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¿Quién puede acceder a la jubilación anticipada del ISSSTE?
En el DOF se reconoce este derecho a las personas trabajadoras al servicio del Estado que se encuentren dentro del supuesto establecido en el artículo Décimo Transitorio, fracción II, inciso a), de la Ley del ISSSTE de 2007.
Además de cumplir con la edad y los años de cotización que correspondan, el decreto dice que los beneficiarios no deben haber optado por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE.
¿Cumplir 28 o 30 años cotizados significa que ya puedes jubilarte?
No necesariamente y aquí es donde puede venir la confusión, fíjate.
Los 28 y 30 años son el requisito de cotización, pero no sustituyen la edad mínima.
Para acceder a la pensión por jubilación bajo este esquema necesitas cumplir con las dos cosas, tener los años de cotización que corresponden y llegar a la edad mínima que marque el calendario. Además, debes estar dentro del régimen señalado.
Para no hacerse bolas, hay que separar dos conceptos:
- Edad mínima de jubilación, los años que debes tener cumplidos.
- Años de cotización, el tiempo mínimo que debes haber cotizado al Instituto.
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¿A qué edad puedes jubilarte por el ISSSTE si ya tienes los años cotizados?
La edad depende del año en el que quieras jubilarte, porque el decreto contempla una reducción gradual de la edad mínima:
- 56 años para las trabajadoras que cumplan los requisitos.
- 58 años para los trabajadores que cumplan los requisitos.
¿Puedes jubilarte a los 55 años por el ISSSTE?
Depende del año, de tu situación y de que cumplas los requisitos. De acuerdo con la reducción gradual incluida en el decreto, los 55 años aparecen en distintos momentos del calendario. Entonces, no hay que entender esa edad como una regla que ya aplica para todas las personas afiliadas al ISSSTE.
Por ejemplo, las trabajadoras contempladas por el esquema tendrán una edad mínima de 55 años a partir de 2028 y hasta 2030. Para los trabajadores, en cambio, el calendario llega a los 55 años hasta 2034.
El año en que quieras retirarte, el régimen en el que estés, tu edad y los años que tengas cotizados van a definir si puedes acceder al esquema.
¿Qué pasa si todavía no tienes 28 o 30 años cotizados?
Si todavía no llegas al mínimo de 28 o 30 años de cotización, cumplir con la edad que aparece en la tabla no es suficiente para acceder a la jubilación bajo este decreto.
Y si ya estás planeando tu retiro, no hagas las cuentas solamente con tu edad.
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