• 10 SEP 2026, Actualizado 21:48

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SCJN avala autoconsumo de cannabis en alimentos preparados para uso personal

El autoconsumo del cannabis fue avalado por la SCJN para preparar alimentos destinados al consumo personal; se mantienen restricciones para medicamentos, suplementos y productos comerciales.

Cannabis en alimentos / TorriPhoto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), debe expedir la autorización solicitada para el autoconsumo recreativo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC), en alimentos preparados o semipreparados.

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La ministra ponente, Lenia Batres Guadarrama, propuso declarar inválida la prohibición para preparar este tipo de alimentos cuando su destino sea exclusivamente el consumo personal.

¿Qué autorizó la SCJN sobre el cannabis en alimentos?

Batres sostuvo que la regulación sanitaria busca principalmente proteger a los consumidores frente a riesgos de contaminación o procesamiento inadecuado, particularmente cuando los productos son elaborados para su venta al público.

“El proyecto propone este pleno que su preparación con cannabis no debe ser restringida para el consumo personal, pues esta no implica por sí misma una transformación sustancial en su naturaleza jurídica como alimentos ni los convierte en productos sujetos a un régimen sanitario especializado. Los procedimientos ordinarios de cocción, mezcla o acondicionamiento forman parte de las actividades propias de la preparación de alimentos para el consumo humano y no son equiparables a los procesos de elaboración o fabricación de medicamentos, remedios herbolarios u otros productos sometidos a controles sanitarios específicos”.

—  Lenia Batres, ministra

Sin embargo, la ministra aclaró que se mantiene justificada la prohibición para preparar con cannabis medicamentos, remedios herbolarios, dispositivos médicos, suplementos, bebidas, cosméticos y productos preenvasados, debido a los riesgos que implican para la salud y a la necesidad de garantizar condiciones de elaboración, calidad, seguridad y dosificación.

¿Qué riesgos señaló la ministra Yasmín Esquivel?

La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra del proyecto. Advirtió que permitir la elaboración de alimentos con cannabis, incluso para autoconsumo, podría generar riesgos si estos son consumidos por personas distintas a las autorizadas, incluidos menores de edad.

“Permitir a la quejosa elaboración de alimentos preparados y semipreparados con cannabis podría representar un riesgo a la salud de las personas consumidoras, aun cuando se establezca que es para autoconsumo, porque, ante la falta de vigilancia y seguimiento por parte de la autoridad, representaría un peligro para los consumidores de dichos alimentos, que podrían incluir a personas diversas del autorizado e incluso a menores de edad. Aunado a que existe un riesgo elevado de posible empleo de sustancias o estupefacientes distintos a los autorizados en la acción de inconstitucionalidad 1 2018, es decir, diversos a los cannabis y tetrahidocannabinol, que, por encontrarse inmersos en los alimentos preparados o impreparados, sería difícil su detección”.

—  Yasmín Esquivel, ministra

El caso deriva de un recurso de inconformidad presentado por una persona a quien Cofepris negó un permiso sanitario para el consumo lúdico de cannabis. El promovente argumentó que la autoridad incumplió con los efectos de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018.

La resolución, por tanto, se refiere al autoconsumo autorizado, y no implica una apertura general para la elaboración y comercialización de alimentos con cannabis o THC.

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