¿Cierra el SAT por periodo vacacional? Así funcionarán sus oficinas y citas para el cierre de 2025 e inicios de 2026
Conoce qué días suspenderá la atención el SAT y qué pasará con tu cita
El SAT mantendrá atención en ventanillas durante diciembre, excepto los días de descanso obligatorio por Navidad y Año Nuevo.
Con las celebraciones de Nochebuena, Navidad y Año Nuevo, muchas actividades se suspenden en el país, como, por ejemplo, los bancos, que sí suspenderán operaciones. Sin embargo, el panorama será muy diferente para los contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, pues anunció que mantendrá la atención durante casi todo el periodo vacacional.
Así que si tienes trámites que hacer o una cita agendada, aquí te decimos qué días estarán cerradas las oficinas y qué servicios estarán disponibles.
¿Abre el SAT el 24 y 25 de diciembre?
A través de sus canales oficiales, el organismo reveló que continuará brindando apoyo durante estas vacaciones decembrinas, pero sí que habrá suspensión de actividades.
- El 24 de diciembre, Nochebuena, el SAT mantendrá sus actividades cotidianas y horarios normales.
- El 25 de diciembre, Navidad, las oficinas permanecerán cerradas por ser un día de descanso obligatorio según la ley Federal del Trabajo.
¿Cierra el SAT el 1 de enero de 2026?
Al igual que en Navidad, el jueves 1 de enero de 2026 suspenderá todas sus operaciones presenciales con motivo de las celebraciones de Año Nuevo.
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¿Qué pasa con mi cita programada?
Si ya tienes una cita confirmada con el SAT para los días que no son festivos, puedes acudir de forma normal.
Servicios del SAT disponibles en el periodo vacacional de diciembre
Para evitar filas y aprovechar los días de descanso, el SAT recomienda utilizar su Oficina Virtual y los servicios digitales que estarán disponibles las 24 horas, incluso en Navidad y Año Nuevo:
Trámites que puedes hacer en línea:
- Generación o renovación de Contraseña.
- Renovación de e.firma (si aún está vigente o venció hace menos de un año).
- Actualización de datos fiscales y cambio de domicilio.
- Inscripción al RFC para personas físicas.
- Corrección o cambio de nombre.
- Incorporación o corrección de la CURP.
- Obtención de Constancia de Situación Fiscal.
- Recuperación de certificados.
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