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  • 22 DIC 2024, Actualizado 21:11

Transparencia institucional

Ordena SCJN transparentar informe del CISEN sobre desafuero AMLO en 2005

Además se declaró infundado un recurso de revisión en materia de seguridad nacional presentado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

Ordena SCJN transparentar informe del CISEN sobre desafuero AMLO en 2005

Ordena SCJN transparentar informe del CISEN sobre desafuero AMLO en 2005(FOTO: Cuartoscuro (Archivo))

Ciudad de México

Durante la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de este martes, el máximo tribunal ordenó Centro Nacional de Inteligencia (CNI) entregar una versión pública de las investigaciones que hizo respecto al proceso de desafuero contra el hoy Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, así como sobre sus actividades durante las elecciones de 2012, en cumplimiento de la resolución tomada desde el 10 de abril de 2019, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el INAI.

Por votación unánime, los ministros decidieron declarar infundado un recurso de revisión en materia de seguridad nacional presentado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), quien argumentaba que transparentar esta información podría revelar las fuentes, métodos de trabajo y estrategias de los órganos de inteligencia del Estado.

Son 5 documentos sobre el desafuero que el entonces presidente Vicente Fox promovió contra López Obrador, más otros 14 archivos relacionados con el proceso electoral presidencial de 2012, donde se acusó a Felipe Calderón de obtener la victoria mediante fraude.

Durante la discusión, la ministra Norma Lucía Piña resaltó que la solicitud de información original también incluía un requerimiento sobre informes respecto a las elecciones de 2018 que estaban clasificados como reservados, sin embargo, el plazo para mantenerlos así ya se venció, por lo cual no hay argumentos legales para negar el acceso a ellos.

Además de acordar que dicha observación fuera añadida al engrose, la resolución final quedó así: “No procede la reserva de los documentos clasificados respectivos y en consecuencia se ordena al sujeto obligado (CNI) entregar la información relativa a los 14 documentos relacionados con las elecciones de 2012 y a los 5 documentos relativos al desafuero de 2005 de la persona que a partir del 2018 y en la actualidad ocupa el cargo de presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.

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