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  • 22 DIC 2024, Actualizado 13:57

Avala SCJN reducción de tiempos en radio y tv administrados por INE

Sin embargo esto no modificó el monto de los tiempos fiscales que el órgano electoral puede administrar en tiempos no electorales

Avala SCJN reducción de tiempos en radio y tv administrados por INE

Avala SCJN reducción de tiempos en radio y tv administrados por INE(FOTO: Cuartoscuro)

México

Durante su sesión de este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el decreto presidencial por el que se reducen los tiempos fiscales en radio y televisión que administra el Instituto Nacional Electoral (INE) para la difusión de sus actividades, durante periodos no electorales.

Como se recordará esta modificación fue anunciada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, dentro de otra que también incluyó los tiempos oficiales que el gobierno federal utiliza para difundir sus actividades.

La medida fue justificada como una forma de apoyar a los concesionarios de radio y televisión, y a propuesta de los propios empresarios.

Fue en casi un cuarto de hora y por unanimidad, que el pleno de ministros señaló que el decreto, promulgado el 23 de abril de 2020, no lesiona las facultades constitucionales del órgano electoral ni tampoco afecta los derechos de libre expresión y de acceso a la información.

“Se considera infundado el concepto de invalidez, pues el decreto impugnado disminuye los minutos relativos a los tiempos fiscales en periodos no electorales, lo que por sí mismo no se estima una violación a la facultad constitucional del INE”, expresó el ministro Mario Pardo Rebolledo, ponente en este asunto.

El ministro de la Corte detalló que el artículo 41 de la Constitución reconoce al INE como única autoridad facultada para administrar los tiempos fiscales para fines de información electoral y de propaganda de los partidos políticos, pero esto es únicamente en tiempos electorales, y el decreto impugnado se refiere exclusivamente a los periodos fuera de estos lapsos.

“El proyecto también desestima el argumento del Instituto actor en cuanto a que se vulnera el derecho a la información y libertad de expresión en perjuicio de la ciudadanía, pues estima que el Instituto Nacional Electoral en todo momento mantiene la facultad de distribuir el porcentaje de tiempo con que cuenta a efecto de garantizar el espacio a los partidos políticos y la difusión correspondiente a la ciudadanía”, añadió Pardo Rebolledo.

De todos los ministros integrantes del pleno, la única que hizo uso de la palabra durante el análisis del fondo del tema fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien apoyó la propuesta señalando que el decreto presidencial no modificó el monto de los tiempos fiscales que el INE puede administrar en tiempos no electorales.

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