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  • 28 MAR 2024, Actualizado 14:05

Protección de Datos

Protección de Datos. Da la SCJN otro revés a AMLO

Por mayoría calificada la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el PANAUT

Da la SCJN otro revés a AMLO

Da la SCJN otro revés a AMLO / W Radio (Cuartoscuro)

México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, volvió a dar otro revés al Presidente Andrés Manuel López Obrador, luego de que en su sesión de este lunes el pleno de ministros por nueve votos a favor, mayoría calificada aunque sólo bastaban ocho, declaró la inconstitucionalidad del decreto que crea al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y que el Ejecutivo Federal defendía como una medida para "proteger al pueblo", pero que la Corte determinó que en realidad viola derechos constitucionales y debe invalidarse.

Tal como sucedió con la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que desató señalamientos por una confusión en el conteo de votos, fue necesario que nueve de los 11 ministros apoyaran el proyecto de su compañera Norma Lucía Piña Hernández para declarar inválido el PANAUT.

Durante la sesión sólo los ministros Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán votaron por una invalidez Parcial de esta norma.

Y es que para la ministra ponente (Norma Lucía Piña Hernández), el PANAUT generaría afectaciones a la privacidad de datos de los usuarios, toda vez que el proyecto no cuenta con una evaluación de impacto en la protección de la información de los consumidores.

"Y por lo tanto, se concluye que procede declarar la invalidez de la totalidad del sistema normativo que crea y regula el PANAUT puesto que impone una afectación a los derechos humanos, a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y sensibles que no resultan razonable ni justificada", sentenció la ministra Piña Hernández.

Por su parte el ministro Luis María Aguilar Morales respaldó el proyecto de la ministra ponente al señalar que ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prevenir y combatir el uso de dispositivos móviles para cometer delitos.

"Es una medida que no es estrictamente necesaria para lograr el fin buscado pues en el sistema jurídico mexicano ya existen mecanismos que bien utilizados pueden tener como resultado final, si bien no la identificación del titular de la línea sino quien cometió un delito, que es al final de cuentas lo que realmente va a coadyuvar a la seguridad pública de la población, porque como se ha dicho no necesariamente el titular de la línea es el que va a cometer el delito con un teléfono que tiene registrado a su nombre", concluyó el ministro Aguilar Morales.

La ministra Piña Hernández añadió que, aunque el fin del Panaut es constitucionalmente legítimo, su instrumentación es excesivamente invasiva en los derechos humanos de los usuarios.

Cabe recordarte que el PANAUT entró en vigor el 16 de abril del 2021 tras la publicación de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en el Diario Oficial de la Federación, sin embargo, su puesta en marcha fue frenada luego de que varias instancias promovieron acciones de inconstitucionalidad.

Antes de dar por concluida la sesión de este lunes el ministro presidente Arturo Zaldívar anunció que mañana martes se analizaron los efectos y los resolutivos de esta determinación.

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