• 01 MAY 2024, Actualizado 11:15

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Hubo omisiones en Ley Nacional de Uso de Fuerza: SCJN

El alto tribunal analizó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la CNDH

Ciudad de México

Este martes el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó por mayoría de votos, que el Poder Legislativo incurrió en omisiones durante la integración de la Ley Nacional Sobre Uso de la Fuerza publicada en 2019.

El Pleno de la Corte analizó la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) con respecto a omisiones legislativas relativas a la finalidad del uso de la fuerza, en donde determinó existencia de la omisión.

Por otro lado, la SCJN determinó que el Congreso de la Unión no incurrió en omisiones legislativas relativas en ejercicio en lo que se refiere a los siguientes aspectos: a) prever lo relativo a la clasificación de las armas como incapacitantes y no letales, en virtud de que la ley sí establece la distinción y regulación de dichas armas, así como el adiestramiento que para su uso deben recibir los agentes de las instituciones de seguridad; y b) los informes que deben rendir los agentes que hagan uso de armas de fuego, pues la ley sí prevé la obligación de realizar dichos reportes y sus características.

En segundo lugar, el Pleno declaró la invalidez de la porción normativa “epiletal” de la fracción VI del artículo 6, en el cual al regular la graduación del impacto del uso de la fuerza en las personas, se prevé la lesión grave mediante el uso de la fuerza epiletal, es decir, aquella orientada a restaurar el orden público, procurando la supervivencia de su objetivo.