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  • 22 NOV 2024, Actualizado 08:58

Cámara Diputados México

Aprueban diputados Ley Olimpia

Pasa al Ejecutivo para su promulgación

Aprueban diputados Ley Olimpia

Aprueban diputados Ley Olimpia(FOTO: Cuartoscuro)

Ciudad de México

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular con 446 a favor, cero abstenciones y un voto en contra, la llamada “Ley Olimpia”. El único voto en contra fue de la legisladora sin partido Ana Lucía Riojas.

Se trata de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código penal Federal que ya fueron aprobada en el Senado de la República, por lo que la minuta fue turnada al Ejecutivo para su promulgación.

Las modificaciones tienen como propósito sancionar y combatir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en contra de mujeres en plataformas de Internet o redes sociales.

Con estos cambios normativos se tipifica el delito de violación a la intimidad sexual y mediante violencia digital y se castiga con una sanción de tres a seis años de cárcel, así como una multa de quinientas a mil veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir, 44 mil 800 a 89 mil 600 pesos), a quien incurra en ese acto ilícito.

El mínimo y el máximo de la sanción se incrementaría hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubino o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Pilar Ortega, dijo que aunque la llamada Ley Olimpia poder ser mejorada en las próxima legislatura, era importante aprobarla para no regresarla al Senado y frenar su puesta en marcha en favor de las mujeres víctimas de la violencia digital.

“Esta minuta que fue originalmente discutida en la Cámara de Diputados fue modificada en el Senado para incorporar justamente el tipo penal de violencia digital. Estamos conscientes que toda norma es perfectible, sin embargo, consideramos fundamental que ya no se detenga el proceso legislativo y que finalmente con la aprobación de este dictamen pueda ya incorporarse a nuestro marco jurídico”.

A su vez, la diputada del PT, Ana Karina Rojo, destacó que las sanciones hasta de 6 años de cárcel se aplicaran a quien video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Y lamentó que muchas veces las autoridades no apliquen la ley bajo el argumento que al tratarse de asuntos virtuales no existen en la realidad, causando un grave daño a las victimas cuyos efectos psicológicos y sociales pueden ser devastadores.

“Impacto que en muchas ocasiones son minimizados por las autoridades o por el círculo cercano de las víctimas, pues consideran que no son ataques reales al ser realizados en el ámbito virtual. Las víctimas y supervivientes experimentan, ansiedad, depresión impotencia y hasta tendencias suicidas, así de grave”.

Se aplicarán sanciones hasta de una mitad más a los 6 años, es decir, la pena podría ser de 9 años de prisión si el que comete el delito de violencia digital es un servidor público en ejercicio de sus funciones, si se comete contra una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para resistirlo. Y cuando la víctima atente contra su integridad o contra su propia vida, como consecuencia de las agresiones.

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