Cámara de Diputados aprueba ley en materia de feminicidios
Ciudad de México
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó casi por unanimidad, con 436 votos a favor, uno en contra, y cero abstenciones, cambios al Código Penal Federal, en materia de feminicidio.
La iniciativa establece que, en caso del delito de feminicidio, se considera que hay una razón de género cuando exista cualquier tipo de violencia en contra de la víctima.
Cuando haya existido entre el sujeto y la víctima parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna otra que evidencia desigualdad o abuso de poder entre el agresor y la víctima.
También, cuando se determine que hubo amenazas directas o indirectas; cuando el cuerpo de la víctima sea arrojado o depositado en un lugar público.
Además, cuando el sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación.
Las penas previstas se incrementarán hasta en una tercera parte, con excepción del límite máximo en términos del artículo 25 de este Código, si el delito fuere cometido previa suministración de estupefacientes o psicotrópicos para causar la inconsciencia de la víctima. También cuando la víctima sea menor de edad.
La pena de prisión se aumentará hasta en una mitad con excepción del límite máximo en términos del artículo 25 de este Código, si el delito es cometido por algún servidor público que tenga a su cargo funciones de prevención, persecución o sanción del delito o de ejecución de penas, o por algún prestador de servicios de seguridad privada.
Con esta reforma se busca eliminar las trabas de acceso a la justicia de las que tanto adolece el sistema, pues en la actualidad muchas de las muertes de mujeres no son investigadas como feminicidio por no tener claridad de lo que implica el término, “razón de género, por ello, deja claro que se trata de hacer justicia con perspectiva de género.
El dictamen fue turnado ya al Senado de la República.