Aprueban diputados normas para regular el teletrabajo o "home office"
El pleno de la Cámara de Diputados, aprobó con 440 votos a favor y 2 en contra, reformas a la Ley Federal del Trabajo, para permitir el teletrabajo en nuestro país.
Las nuevas normas obligarán a las empresas a proporcionar los medios y herramientas tecnológicas para que el empleado realice sus labores en la modalidad de teletrabajo, conocida también como home office.
Se respetarán los datos personales, así como el derecho a la privacidad del empleado, y su derecho a desconectarse
Por su parte, el trabajador se compromete a resguardar y conservar los insumos que se le proporcionen para desarrollar sus labores.
El presidente de la Comisión del Trabajo, Manuel Baldenebro, señaló que la Secretaría del Trabajo deberá emitir normas sobre el uso de micrófonos y cámaras en la modalidad de teletrabajo.
“Se incluyen disposición para garantizar el derecho a la intimidad, respetando los datos personales y acotando las circunstancias bajo las cuales se podrán utilizar cámaras de video y micrófonos. Se incluye el artículo 330 J, a fin de que la STyPS elabore una norma oficial relativa a las cocciones de salud y seguridad que se desarrollen bajo la modalidad de teletrabajo”.
Por su parte, el diputado del sector obrero, Isaías González, explicó que los empleados bajo la modalidad de teletrabajo prestarán sus servicios en un lugar distinto a la instalación de la empresa o centro de trabajo del patrón.
Además, se especifica que cuando el 40% de cumplimiento de la labor sea fuera del centro de trabajo será considerado como teletrabajo.
Y en todo momento el trabajo tiene derecho a la intimidad, es decir. a desconectarse.
“La desconexión digital, el derecho de la persona teletrabajadora a su privacidad posterior a la conclusión del horario de jornada laboral. Asimismo, garantizar periodo vacacional, días de descanso obligatorio, estado gravidez, incapacidad para no contestar llamadas telefónicas a la hora que quieran o se les antoje a los patrones y desconectarse de internet o cualquier otro medio tecnológico de comunicación”.
Incluso, el patrón deberá promover el equilibrio en las relaciones laborales, de conformidad con la ley, así como observar la vida personal con la jornada laborar con perspectiva de género.