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  • 20 ABR 2024, Actualizado 10:51

Pierde laudo Grupo Cementos de Chihuahua y debe pagar indemnización

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México

Un laudo favorable a la Compañía de Inversiones Mercantiles (CIMSA) con sede en Bolivia, obliga a Grupo Cementos de Chihuahua (GCC), pagar una indemnización de más de 36 millones de dólares (mdd) al no cumplir con los acuerdos establecidos de su sociedad empresarial.

Un Tribunal de Distrito de Colorado, Estados Unidos de Norteamérica, confirmó el fallo de 2015 a favor de CIMSA, emitido por el Tribunal de la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC).

En 2005, GCC y CIMSA establecieron un convenio para fijar responsabilidades y beneficios de su naciente sociedad comercial, en dicho convenio se destacaban limitaciones a la libre transferencia de acciones a terceros; por lo que en caso de que cualquiera de las partes decidiera vender, la primera opción de compra debería ser para su socio.

De acuerdo con la resolución del tribunal, en 2011, GCC dirigida por Federico Terrazas Becerra, informó a Sociedad Boliviana de Cemento, S.A. (Soboce), la decisión de retirar sus acciones, por lo que, CIMSA notifica la intención de buscar financiamiento para poder adquirir los títulos.

En un inicio las negociaciones avanzaron y GCC pactó con CIMSA la venta del 44 por ciento de sus acciones, no obstante, GCC desconoció la propuesta de compra de CIMSA y anunció que procedería de inmediato a la venta de sus participaciones de Soboce a otra compañía.

A pesar de que las partes acordaron una hoja de términos en la cual se delimitaron las principales características de la transacción, GCC acordó a través de J.P. Morgan, la negociación de acciones a Consorcio Cementero del Sur (CCS), de Perú.

De acuerdo a la sentencia emitida por el Tribunal de la CIAC, el actuar de GCC se califica como un incumplimiento a lo establecido en 2005 y una falta a la buena fe; ya que violó los términos del derecho de primera opción que le correspondían a CIMSA.

Tras la negativa de pago de GCC, CIMSA procede a presentar ante el Tribunal de Distrito de Colorado, un recurso de ratificación del laudo; mismo que retoma lo sentenciado por la CIAC y emite un fallo a favor de CIMSA con el que se obliga a GCC a pagar más de 36 mdd, adicionalmente, se estipula solventar un interés anual a una tasa del 6 por ciento, desde abril de 2015 a la fecha. El monto de la indemnización podría superar los 44 mdd.

GCC y CIMSA concurrieron a un arbitraje en Nueva York, donde cada uno expuso ampliamente sus argumentos y, tras algunos años de espera, se emitió un laudo a favor de CIMSA. Posteriormente GCC recurre a la justicia boliviana para contener la acción legal, por lo que CIMSA vuelve a los tribunales.

Actualmente, Bolivia, de acuerdo con la ONG Transparencia Internacional, ocupa el lugar 132 de 180 países en el Índice de Percepción de la Corrupción. Los procesos judiciales además de prolongados, son poco transparentes, alejados de los principios que ampara la CIAC.

El Tribunal de Distrito de Colorado, reconoce que las partes han litigado en Bolivia por más de cinco años, y esos procedimientos están lejos de ser expeditos.

El juez John L. Kane, advierte que, en la sentencia de Colorado al comienzo de la relación comercial entre GCC y CIMSA, ambas empresas acordaron que las disputas se resolverían mediante arbitraje y que la decisión del tribunal sería definitiva y no sujeta a apelación.

Sin embargo, el juez Kane declaró que CIMSA ha tenido que someterse a procedimientos legales extremadamente prolongados, cuando el incumplimiento del contrato fue por parte de GCC, lo que causó que buscara ayuda mediante arbitraje, inicialmente en 2011.

Debido a la violación del pacto, CIMSA presentó una moción en el Tribunal de Distrito en Colorado, en la que solicitó confirmar el laudo de la CIAC, en el que se condena a Grupo Cementos de Chihuahua, S.A.B de C.V y GCC Latinoamérica, S.A de C.V a pagarle la suma de 36 mdd, más costes e intereses.

Al incumplir con el pago establecido, las autoridades correspondientes podrían embargar los bienes de GCC en Estados Unidos.

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