Las claves de la toma de protesta de AMLO
Conoce la fecha, los invitados y qué dice la Constitución sobre la toma de protesta de Andrés Manuel López Obrador en el Congreso
La toma de protesta del presidente es un acto en la vida política de México que marca el inicio de un nuevo gobierno cada 6 años.
Andrés Manuel López Obrador (AMLO) tendrá que presentarse ante el Congreso como titular del Ejecutivo federal para rendir protesta del cargo presidencial. Por mandato constitucional, esto determina el comienzo de sus responsabilidades oficiales.
¿Cuándo toma protesta el presidente de México?
El 8 de agosto de este año, López Obrador recibió la constancia de mayoría que lo acreditó oficialmente como presidente de México.
La fecha establecida para la toma de protesta de AMLO es el 1 de diciembre de 2018.
Su administración acabará en octubre de 2024, dos meses antes del sexenio convencional, como lo determinó la última reforma política electoral de 2014.
Los invitados a la toma de protesta de AMLO
Todos los invitados que estarán presentes cuando Andrés Manuel López Obrador rinda protesta como presidente de México ya han sido confirmados por Marcelo Ebrard, quien será el próximo secretario de Relaciones Exteriores.
Donald Trump no asistirá a la toma de posesión, pero en representación del gobierno de Estados Unidos estará el vicepresidente Mike Pence.
Además el país de la frontera norte contará con una representación sin precedentes, más de 32 asistentes, entre gobernadores, alcaldes, congresistas y otros funcionarios.
Xi Jinping, Presidente de China.
Michelle Bachelet, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y ex presidenta de Chile.
Julie Payette, gobernadora general de Canadá y representante de la reina Isabel de Inglaterra.
Hirofumi Nakasone, representante de Japón.
Evo Morales, presidente de Bolivia.
Nicolás Maduro, presidente de Venezuela.
Martín Vizcarra Cornejo, presidente de Perú.
Salvador Sánchez Cerén, presidente de El Salvador.
Juan Orlando Hernández Alvarado, presidente Honduras.
Iván Duque, presidente de Colombia a meses de tomar posesión en agosto de este año.
Jimmy Morales Cabrera, presidente de Guatemala.
Miguel Díaz-Canel, presidente de los Consejos de Estado de Cuba.
Lenin Moreno Garcés, presidente de Ecuador.
Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) de la ONU.
Jeremy Corbyn, líder del Partido Laborista de Reino Unido que opera como oposición.
Felipe VI, rey de España.
Brahim Ghali, presidente de la República Arabe Saharahui Democrática.
Kim Yong Nam, presidente de la Asamblea de la República Popular Democrática de Corea.
Mario Abdo Benítez, presidente de la República del Paraguay.
Shen Yueyue, Asamblea Popular de la República Popular China.
Lucía Topolansky, vicepresidenta de la República Oriental del Uruguay.
Gabriela Michetti, vicepresidenta de la República Argentina.
Niels Annen, secretario de Relaciones Exteriores de la República Federal de Alemania.
Nicola Girasoli, Nuncio Apostólico en Perú representando a la Santa Sede.
Epsy Campbell, Primera Vicepresidenta de la República de Costa Rica.
Colville Young, Gobernador de Belice.
Otros representates vendrán de Indonesia, Suiza, Kuwait, Turquía, Jordania, Eslovenia, Belarús, Malta y República Checa.
Lo que dice la Constitución sobre la toma de protesta
En la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos hay dos artículos que se refieren a la toma de protesta. No sólo se trata de un mero acto protocolario, sino que por mandato constitucional el presidente electo debe hacerlo.
Artículo 87. El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande."
Si por cualquier circunstancia el Presidente no pudiere rendir la protesta en los términos del párrafo anterior, lo hará de inmediato ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión.
En caso de que el Presidente no pudiere rendir la protesta ante el Congreso de la Unión, ante la Comisión Permanente o ante las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión lo hará de inmediato ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen.