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  • 26 ABR 2024, Actualizado 20:15

Avala Trife dar por no presentadas quejas por compra y coacción del voto contra Peña Nieto

Por unanimidad los magistrados dieron la razón al IFE, que dio por no presentadas dos quejas del PRD contra la Coalición Compromiso por México por no aportar la información adicional que le solicitaron

Avala Trife dar por no presentadas quejas por compra y coacción del voto contra Peña Nieto

Por Yadira Rodríguez México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le dio la razón al IFE al dar como no presentadas dos quejas del Movimiento Progresista en contra de la coalición “Compromiso por México” y su candidato Enrique Peña Nieto por la presunta compra y coacción del voto durante el pasado proceso electoral

Y es que los magistrados determinaron por unanimidad que tal y como lo dijo el IFE, las quejas contra la coalición “Compromiso por México” quedaron desechadas o se dieron por no presentadas, porque el PRD no entregó la información adicional que se le solicitó para comprobar la compra y coacción del voto a favor del hoy presidente de la República, Enrique Peña Nieto. Las ponencias de los magistrados Alejandro Luna y Salvador Nava dieron la razón al órgano electoral debido a que el Secretario Ejecutivo del IFE advirtió al PRD que si en tres días no aportaba información adicional sobre la presunta compra y coacción del voto a favor del entonces candidato Enrique Peña Nieto las quejas se darían por no presentadas y así ocurrió

Para tirar este argumento el PRD señaló al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que el IFE debió acumular las quejas contra Enrique Peña Nieto y los partidos Verde Ecologista y PRI y que no lo hicieron

Al respecto los magistrados concluyeron que el IFE no estaba obligado a hacerlo. Así lo explicó Ángel Zarazúa Alvizar, secretario de Estudio y Cuenta del Tribunal Electoral Federal:“El apelante aduce que la responsable no realizó la acumulación de las quejas, a pesar de la identidad existente entre ellas, motivo por el cual trasgrede el principio de legalidad. El agravio se estima infundado, pues la autoridad administrativa electoral federal no se encontraba obligada a aplicar la figura de la acumulación, ya que ello es una facultad discrecional de la citada autoridad. En consecuencia, en los proyectos de cuenta se propone confirmar las resoluciones impugnadas dictadas por el Consejo General del Instituto Federal Electoral”

De esta manera, los magistrados determinaron darle la razón al IFE y dar por no presentadas dos quejas del Movimiento Progresista en contra de Enrique Peña Nieto y la coalición que lo abanderó en el proceso electoral pasado

 

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