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Tendrán licencia de Paternidad Servidores Públicos del Poder Judicial

Para fomentar la equidad de género

Tendrán licencia de Paternidad Servidores Públicos del Poder Judicial

México.- El Consejo de la Judicatura Federal autorizó licencias de paternidad para los servidores públicos que se conviertan en padres, biológicos, o por adopción de menores

La aprobación publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación concede licencias por concepto de cuidados maternos y paternos a favor de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, con excepción del Tribunal Electoral y de la Corte

Así, desde mañana los servidores públicos adscritos a los tribunales de Circuito y juzgados podrán gozar licencia una vez al año, compartir la responsabilidad como padres e involucrarse “íntegramente en los primeros cuidados de sus hijos, los cuales se hacen más apremiantes durante los primeros 15 días de vida”

Advierte que esta licencia es para hombres o mujeres para fomentar la equidad de género

En casos de adopción, la licencia será de cinco días hábiles, mientras que las madres tendrían 40 días naturales cuando el adoptado tenga entre dos y seis meses de edad; si el menor tiene más de 12 meses, la licencia será de 10 días

En caso de enfermedad grave del hijo o hija recién nacidos, así como de complicaciones graves de salud que pongan en riesgo la vida de la madre, la licencia de paternidad podrá extenderse durante cinco días hábiles continuos

Si se trata de un parto múltiple, la licencia podría extenderse por cinco días hábiles continuos y, en caso de que la madre fallezca, el servidor público podrá solicitar licencia con goce de sueldo por 10 días hábiles adicionales al periodo correspondiente a su licencia de paternidad

Asimismo, en caso de parto múltiple o problemas de salud de la madre o el infante, la licencia se extenderá por 15 días naturales adicionales

Además, todas las madres biológicas y adoptivas tendrán derecho al periodo de lactancia, hasta que el recién nacido cumpla los seis meses de edad, “en los términos de lo señalado por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de Estado; es decir, dos periodos durante el día, de media hora cada uno”

Los permisos y licencias no serán acumulables y los servidores públicos podrán solicitar licencia de paternidad solamente una vez por año

 

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