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SCT no tiene facultad para revisar tarifas de interconexión de Cofetel: SCJN

Concede así un amparo a Unefón oajo estos argumentos

SCT no tiene facultad para revisar tarifas de interconexión de Cofetel: SCJN

México.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no está facultada para revisar ni modificar, las resoluciones de la Cofetel en materia de tarifas de interconexión entre empresas de telefonía celular

El pleno del alto tribunal concedió un amparo a la empresa Unefon bajo estos argumentos y puntualizó que dichas tarifas que establece la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) son válidas

La mayoría de los ministros votó en contra del proyecto que presentó el ministro Sergio Valls, el cual proponía que la dependencia federal tenía competencia legal para modificar la resolución de tarifas de interconexión, por ser superior jerárquico de la Cofetel

El ministro propuso revocar la sentencia y negar el amparo a la telefónica, por considerar que la SCT es competente para revisar las resoluciones emitidas por el órgano regulador y determinar aquellas tarifas de interconexión no convenidas por los concesionarios

No obstante la decisión de la Corte deja fuera a la SCT de las decisiones que se emitan en este sentido, lo que algunos ministros consideraron importante, pues los operadores 'tendrán mayor confianza cuando un órgano independiente regule estas tarifas', apuntó la ministro. Olga Sánchez Cordero

También Mario Pardo Rebolledo precisó que la SCT no tiene competencia legal para conocer de un recurso de revisión en contra de las decisiones de la Cofetel en materia de interconexión, aunque en algunas tiene autonomía plena y en otras no

Con este falló la corte invalidó un oficio que emitió la SCT el primero de septiembre de 2008, en el que modificó las tarifas establecidas por la Cofetel entre Unefon y Axtel, que en el presente juicio actuó como tercera perjudicada

Los ministros que votaron en contra del proyecto de Valls Hernández fueron Ramón Cossio Díaz, Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Olga Sánchez Cordero y Guillermo Ortiz Mayagoitia

Al inicio de la sesión la Corte aprobó la causa de impedimento de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea para participar en la discusión de este asunto, pues durante su carrera de abogado fue elegido para presentar algunos de estos juicios de parte de las empresas involucradas

El máximo tribunal del país continuará este martes con la discusión de otros juicios similares en los que se reclama el establecimiento de tarifas por parte de la Cofetel cuando no existe un convenio entre empresas por la interconexión

Con información de Notimex

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