• 14 NOV 2024, Actualizado 16:39

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El ISSSTE hará revisión de pensiones ¿quiénes resultarán afectados?

Martí Batres, Director General de la dependencia indica que éstas no deberán exceder el límite, por lo que pasarán previamente por una verificación

FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

Con el fin de combatir los excesos e injusticias en la distribución de recursos, Martí Batres, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), ha indicado que se tomarán medidas más estrictas respecto a las pensiones, revisando, verificando y si es necesario, revocando aquellas que superen el límite establecido por la ley, modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo aplicarán las modificaciones?

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La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales se encargará de realizar el procedimiento del acuerdo.

El artículo 17 de la Ley del ISSSTE establece que el límite de las pensiones es el equivalente a 10 salarios mínimos mensuales.

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La revisión será llevada a cabo constatando que las pensiones otorgadas con montos superiores al límite establecido en la ley cumplan con la siguiente información:

  • La dependencia o entidades donde laboró la persona trabajadora;
  • Los años de servicio cotizados;
  • El sueldo básico que percibió el trabajador;
  • Los elementos que sirvieron para determinar la cuantificación de la pensión inicial. y
  • Los incrementos anuales y el factor de actualización.

Así, la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales dará un dictamen de pensión que puede consistir en modificar o revocar.

Solo quedan dos opciones

El ISSSTE tendrá diez días hábiles para emitir su respuesta, por lo que la resolución tendrá dos posibilidades:

  • Modificar si se excede o revoca cuando los documentos no acrediten el derecho
  • La persona podrá impugnar, aplicable, 15 días contados a partir de surtir efecto