TEPJF no da trámite a demandas del CJF para frenar acuerdo del INE sobre elección judicial
Tras las impugnaciones del director General de Asuntos Jurídicos del CJF, juzgadores y funcionarios del Poder Judicial, los magistrados coincidieron en que no existe posibilidad jurídica ni material para que pueda confirmar, modificar o revocar sus propias resoluciones.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó no dar trámite a las demandas del director General de Asuntos Jurídicos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), juzgadores y funcionarios del Poder Judicial que pretendían frenar el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el proceso de elección de personas juzgadoras.
Uno de los argumentos para no dar paso a estas demandas es que en el TEPJF no existe posibilidad jurídica ni material para que confirme, modifique o revoque sus propias resoluciones.
“Las sentencias dictadas por esta Sala Superior no son susceptibles de ser impugnadas mediante juicio, recurso o algún medio de impugnación, al no existir la posibilidad jurídica ni material para que esta autoridad jurisdiccional pueda confirmar, modificar o revocar sus propias resoluciones”, asegura la Sala Superior.
La respuesta también alcanza a las impugnaciones presentadas por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, A.C. y funcionarios de juzgados tras los acuerdos del Consejo General del organismo electoral en torno al proceso extraordinario para elegir jueces, magistrados y ministros.
“Lo conducente es determinar que no es procedente ordenar el trámite o realizar alguna otra actuación con relación al presente asunto general”, coincidieron los magistrados electorales.