• 22 NOV 2024, Actualizado 21:28

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Declara SCJN a ministro Pardo Rebolledo impedido para analizar caso de Mario Aburto

El alto tribunal no definió quien estará a cargo de elaborar el proyecto de sentencia que será discutido en próximos días

El ministro de la Suprema Corte, Jorge Mario Pardo Rebolledo, no podrá revisar el caso de Mario Aburto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró este miércoles legalmente impedido al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo para conocer del caso del homicida del fallido candidato presidencial priista Luis Donaldo Colosio, Mario Aburto Martínez asunto en el cual se decidirá si Aburto recobra o no su libertad.

Por unanimidad de 4 votos, los ministros que integran el Pleno de la Primera Sala, declararon legalmente fundado el impedimento planteado por el propio ministro Pardo Rebolledo quien no participó en la votación aunque por unos minutos pasó la dirección de la presidencia de esta Sala a su colega el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Y aunque en la sesión sólo se votó este asunto no se puntualizó quien estará a cargo de elaborar el proyecto de sentencia que deberá ser discutido y analizado en los próximos días ya que este proyecto cuando fue admitido trámite el amparo, la presidenta del alto tribunal Norma Lucía Piña Hernández turnó el caso al ministro Pardo Rebolledo.

Cabe recordar que el ministro Pardo Rebolledo, cuando se desempeñó como juez en el Estado de México le correspondió analizar el proceso penal en el cual se dictó sentencia a Mario Aburto Martínez.

Este caso surgió a raíz del juicio de amparo promovido por la defensa de Aburto Martínez, en el cual argumentó que a su cliente se le había juzgado de manera indebida con base en el contenido del Código Penal Federal vigente en 1994, y en el cual se le aplicó la sentencia de 45 años al declararlo culpable del asesinato del entonces candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio.

Pero un tribunal colegiado le dio la razón a Aburto Martínez pues estimó que el juicio debió realizarse con apego al Código Penal de estado de Baja California, en donde el delito de homicidio se sancionaba, en 1995, con una pena de 30 años de cárcel, tiempo que se cumple el próximo 23 de marzo.

La FGR solicitó entonces que la Corte revise la sentencia y emitir un fallo que ponga fin respecto de la sentencia y el tiempo que debe permanecer en prisión Mario Aburto.