Por Jorge FloresMéxico.- En la sesión de la segunda sala Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinaron resolver el amparo 248/2011 a favor de la radio difusora comunitaria "La Voladora Radio", luego de la negativa de la Secretaría de Salud (SS), para poder contratar con ella publicidad oficial, por ser violatoria de la libertad de expresión y el derecho a informar
En la discusión de los ministros determinaron que la negativa de la SS es inconstitucional ya que con ello se provocan restricciones a la comunicación, mediante la asignación discriminada de la publicidad oficial
Los ministros señalaron que ante esa postura, se debe de privilegiar a los medios de comunicación sólo en función de su alcance general de difusión, y no de su cobertura real a todas las regiones o comunidades del país
Ya que las restricciones pueden impedir el ejercicio pleno del derecho de expresión e información, de acuerdo con el principio de igualdad, previstos en los artículos 1º. 6º. Y 7º. Constitucionales
Recordemos que la radio difusora “La Voladora Radio", transmite desde Amecameca, y solicitó en octubre de 2009 a la SS, contratar con ella publicidad de sus campañas, pero la dependencia se negó con el argumento de que la radiodifusora no cumple con sus expectativas de difusión, pues los mensajes que difunde son de carácter nacional
En ese sentido los Ministros de la Segunda Sala establecieron que la dependencia, no ha tomado en cuenta que una cobertura nacional no garantiza, necesariamente, el fin buscado, esto es, una difusión nacional de magnitud integral, por las características de algunas regiones del país
Los ministros señalaron que estos casos, es evidente que la finalidad de la dependencia de dar a conocer sus programas y publicidad oficiales no podría lograrse con radiodifusoras de cobertura nacional. "Pero sí a través de una permisionaria como la quejosa, porque ésta, como medio de difusión de dichos programas, se identifica en lengua y costumbres con el público objetivo de la población a la que sirve, y por sus características técnicas puede difundir los programas en la zona para la que está autorizada"
Además, señalaron, las normas que regulan la radiodifusión en México no establecen la existencia de las radiodifusoras comunitarias, sino únicamente las concesionarias y permisionarias, calidad que tiene la demandante