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  • 19 ABR 2024, Actualizado 12:27

Acotan ministros poder del Consejo de la Judicatura

Los ministros determinaron que las decisiones del Consejo de la Judicatura podrán ser impugnadas a través de un juicio de amparo

Acotan ministros poder del Consejo de la Judicatura

Por Yadira Rodríguez México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acotó el poder del Consejo de la Judicatura

Con seis votos contra cinco, los ministros determinaron que un particular puede impugnar las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal a través de un juicio de amparo

Esta resolución permitirá que contratistas, proveedores, personas que soliciten acceso a la información o se quejen contra personal judicial puedan ampararse contra las acciones del Consejo de la Judicatura Federal, sin que se deseche el recurso de inmediato por “notoria improcedencia” como se venía haciendo. La nueva jurisprudencia permitirá que también se amparen jueces, magistrados, personal de tribunales, funcionarios administrativos del propios Consejo de la Judicatura contra sanciones como destitución o inhabilitación

Y es que la mayoría de los ministros señalaron que aunque el artículo 100 constitucional señala que las decisiones del Consejo de la Judicatura Federal son “definitivas e inatacables” y por lo tanto no procede ningún juicio de amparo, la reforma de 2011 en materia de derechos humanos obliga a flexibilizar la interpretación y abrir las posibilidades para que un ciudadano impugne las resolución de la Judicatura. El ministro Arturo Zadívar argumentó: “no veo que las funciones del órgano administrativo sean tan extraordinarias que en su contra no proceda absolutamente nada, en ningún caso, no importa lo que haga”. La ministra Margarita Luna cuestionó si hay lógica que un juez o magistrado sometido a la disciplina de la Judicatura conozca de un amparo contra el mismo consejo y agregó: “¿Qué esto no atenta contra la dinámica de funcionamiento y trabajo del Consejo”

El ministro Luis María Aguilar acotó: “El alcance de lo que estamos proponiendo no llega a determinar, no es la conclusión que se propone si procede o no el juicio de amparo en contra de todas las decisiones del Consejo de la Judicatura, sino esta es una causa notoria para desechar la demanda, según el artículo 145 de la Ley de Amparo”

Hasta antes de esta nueva jurisprudencia, las únicas decisiones del Consejo de la Judicatura que podían impugnarse eran sobre el nombramiento, adscripción y remoción de jueces de distrito y magistrados de circuito, pero no a través de amparos, sino mediante un recurso de revisión administrativa promovido en la Suprema Corte

Actualmente el Consejo de la Judicatura administra más de 700 juzgados y tribunales, en los que laboran cerca de mil 200 juzgadores y habrá que subrayar que aunque ahora particulares y trabajadores podrán ampararse contra las decisiones de la Judicatura, serán los mismos jueces y magistrados, que son vigilados por el Consejo de la Judicatura Federal, los que resuelvan sobre la legalidad de su actuación

 

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