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  • 29 MAR 2024, Actualizado 12:36

¿Qué hacer si no me pagan el aguinaldo?

Los trabajadores deben recibirlo antes del 20 de diciembre y debe ser al menos de un salario mínimo

¿Qué hacer si no me pagan el aguinaldo?

Cada año, en noviembre o diciembre, llega ese momento dorado llamado aguinaldo que cae perfecto para liquidar deudas, los regalos para Navidad y Año Nuevo, o para preparar unas buenas vacaciones.

Desde 1970 el aguinaldo es un derecho laboral irrenunciable en México determinado por la ley.

>¿Cómo calcular el aguinaldo?

Tienen derecho a éste los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales.

La Ley Federal del Trabajo también incluye a los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros semejantes determinados por esta ley.

En ocasiones algunos patrones quieren pasarse de listos y se niegan a dar el aguinaldo como si se tratara de un beneficio que ellos otorgan. ¿Qué hacer cuando incumplen el pago de aguinaldo? Es importante acudir a las instancias correspondientes.

Antes del 15 de noviembre todos los trabajadores del Estado deben recibir el aguinaldo. Mientras que los simples terrenales deben tenerlo antes del 20 de diciembre como lo establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87.

>¿Quieres que te rinda el aguinaldo?

Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.”

Multa de 50 a 5 mil salarios mínimos por incumplimiento

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet), los patrones que incumplan el pago de aguinaldo, lo otorguen incompleto o de manera tardía serán sancionados con una multa que va de los 50 a 5 mil salarios mínimos.

Esta violación a la Ley Federal del Trabajo puede ser denunciada por los trabajadores, sindicatos, federaciones o confederaciones ante.

La denuncia debe presentarse ante la instancia que marca la ley; por lo general ante la Profedet, misma que interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, o en su caso acudir a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo presentar el recurso en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

El plazo para presentar la denuncia es de un año a partir del 20 de diciembre.

En el caso de los trabajadores del Estado deben acudir a la Procuraduría de los Trabajadores al Servicio del Estado, la cual presentará la denuncia ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o la instancia correspondiente en aquellos organismos autónomos que tienen su propia comisión substanciadora.

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