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  • 29 MAR 2024, Actualizado 10:00

Hasta 17 años de cárcel por maternidad subrogada con fines de lucro

El Senado dio luz verde a la Ley General de Salud, la cual define que esta práctica se realizará sin fines de lucro y con acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante

Hasta 17 años de cárcel por maternidad subrogada con fines de lucro

México

Se indica que la gestación subrogada se realizará sin fines de lucro, habiendo un acuerdo entre las personas solicitantes y la mujer gestante, permitiendo la compensación de gastos médicos y otros derivados del embarazo, parto, post-parto y puerperio.

Asimismo, se determina que estará permitida únicamente bajo estricta indicación médica, entre nacionales y sin fines de lucro, y sancionar los casos puntualmente establecidos en la ley.

Con ello establecen penal de cárcel de 6 a 17 años a aquellas personas que entreguen a los menores derivados de la gestación subrogada a un individuo de nacionalidad distinta a la mexicana o se haga con fines de lucro.

La reforma aprobada por 71 votos a favor y uno en contra fue enviada a la Cámara de Diputados y en la misma se define que la gestación subrogada, quedando definida como la práctica médica consistente en la transferencia de óvulos humanos fecundados en una mujer, producto de un espermatozoide y un óvulo de terceras personas.

La senadora independiente Martha Tagle expuso en tribuna que “la gestación subrogada, o gestación por sustitución, es una forma alternativa de acceder a la paternidad o maternidad en el marco de las técnicas de reproducción asistida, como solución médica puede brindar solución a diversos problemas de infertilidad con magníficos resultados”.

En tribuna agregó que la Secretaría de Salud regulará la maternidad subrogada, en las disposiciones jurídicas correspondientes.

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