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  • 24 ABR 2024, Actualizado 03:39

Senado aprueba sin trámite Ley de Transparencia

El dictamen fue aprobado por 72 a favor y cuatro en contra, por lo que de inmediato se turnó al Ejecutivo federal para su entrada en vigor

Senado aprueba sin trámite Ley de Transparencia

México

El pleno del Senado de la República dispensó todos los trámites y avaló sin turnar a comisiones la minuta que expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que fue modificada y enviada por la Cámara de Diputados.

La presidenta de la Mesa Directiva del Senado en turno, Rosa Adriana Díaz Lizama pidió al pleno votar la dispensa de los trámites lo cual fue avalado por la mayoría por lo que de inmediato inició el debate.

El dictamen fue aprobado por 72 a favor y cuatro en contra, por lo que de inmediato se turnó al Ejecutivo federal para su entrada en vigor y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Los cambios realizados en San Lázaro y avalados en el Senado incluyen la eliminación de un párrafo del Artículo 23, donde se establecía que los cargos en el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) serán de confianza.

Se estableció que los sujetos en esta ley son cualquier autoridad, entidad, órgano, organismo, partidos, fracciones políticas y órganos de gobierno del Congreso, así como fideicomisos, fondos públicos, y cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos federales o realice actos de autoridad.

Asimismo se avalaron las modificaciones a un Artículo transitorio donde se reduce de 18 a 12 meses el plazo que tendrán los sujetos obligados para que adecuen su normatividad interna con relación a esta legislación.

Entre los cambios se incluyó cambiar el término "salario mínimo" por el de "Unidad de Medida Actualizada (UMA)", para fijar las sanciones a quien violente la ley, y también se quitó el término Distrito Federal por Ciudad de México.

Se avaló cambiar en el Artículo 91 para reducir de cinco a tres días el plazo para entregar la información solicitada a los sujetos obligados, debido a que como estaba redactado había inconsistencias con otras normatividades en la materia.

El Senado avaló modificar el Artículo 46 para garantizar el derecho de las partes a la información ante la excusa que podrían argumentar los comisionados del INAI ante la solicitud de un dato en particular.

Además se aprobó modificar el Artículo 99, donde se establece que es necesario dar prioridad al principio de la máxima publicidad, por lo que se propone facultar al INAI para desclasificar la información relacionada con violaciones a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.

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