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  • 26 ABR 2024, Actualizado 00:54

Ordenan a Capufe entregar videos de caso Ayotzinapa

El INAI instó a entregar las videograbaciones de la caseta de cobro de Iguala, Guerrero, de los días 26 y 27 de septiembre de 2014

Ordenan a Capufe entregar videos de caso Ayotzinapa

Ciudad de México

Por instrucción del Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), deberá entregar las videograbaciones de la caseta de cobro de Iguala, Guerrero, de los días 26 y 27 de septiembre, relacionados con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.

La instrucción del INAI se da en respuesta a la solicitud de un particular que pidió a Capufe el registro videográfico de los vehículos que transitaron por la caseta de Iguala, en la Plaza 3 Iguala, entre las 21:00 horas del 26 de septiembre hasta las 5:00 horas del 27 de septiembre, con relación al secuestro de los estudiantes.

En su primer acercamiento, Caminos y Puentes Federales respondió que no contaba con la información en razón de que los servidores de video están configurados para almacenar máximo 60 días de grabación, como lo establece el Compendio Operativo de Plazas de Cobro.

Sin embargo, el solicitante argumentó que de acuerdo con la versión pública del caso Ayotzinapa, Capufe entregó a la Procuraduría General de la República copia de los videos de la caseta de cobro de Iguala, Guerrero, donde sucedieron parte de los hechos relacionados con la desaparición de los 43 alumnos de la Escuela Normal Rural 'Raúl Isidro Burgos', por lo que cuenta con la información.

Pese a esta referencia, el organismo descentralizado reiteró la inexistencia de la información. Al revisarse el caso en el INAI por el comisionado Oscar Guerra Ford se advirtió que, en efecto, la PGR solicitó a Capufe las videograbaciones del 26 de septiembre de 2014, como consta en la versión pública de la averiguación previa del caso, disponible en el portal de la Procuraduría.

Se analizaron específicamente los Tomos 71, 75 y 76 de la averiguación, en los cuales se verificó que el 17 de diciembre de 2014, Capufe remitió a la PGR las videograbaciones de la Plaza 3 Iguala, del 26 de septiembre del mismo año.

Con base en lo anterior se determinó que el argumento de es inválido, ya que las videograbaciones fueron entregadas a la PGRpasados 82 días de los hechos.

Además, se indicó que conforme al Compendio Operativo para Plazas de Cobro se establece que en el caso de imágenes acumuladas durante el periodo de resguardo, en las que se hayan detectado irregularidades, faltantes graves o tomas de plazas de cobro, y sean objeto de investigación por una autoridad, deberán de ser almacenadas en medios alternos por el Analista de Operación, el Técnico Supervisor o el Analista Liquidador.

En la revisión se advirtió también que Capufe no turnó la solicitud a todas las unidades administrativas competentes como lo es la Plaza de Cobro Plaza 3 que es la instancia encargada de almacenar en medios alternos las imágenes obtenidas a través de los sistemas de video grabación, en los que su contenido está sujeto a una investigación, como en este caso.

Con estos elementos, el INAI revocó la respuesta de Capufe y le instruyó hacer una búsqueda en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de que proporcione al particular las videograbaciones cuidando que no se desprendan características físicas de personas que las haga identificables ni sea posible observar el número de placas de vehículos de particulares.

Se dijo que en el caso de que no sea posible proteger los datos personales referidos, Capufe deberá clasificar dicha información como confidencial debido a la imposibilidad que argumentó para elaborar una versión pública de los videos.

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