Jueces deberán escuchar y atender opinión de menores de edad: SCJN
Se determinó la constitucionalidad para escuchar y validar la opinión de la infancia valorando en primera instancia su edad y madurez
Por: Rocío Jardinez
México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que ante una queja en la que intervenga un menor, este podría ser citado ante autoridades, siempre y cuando se pondere su edad, madurez y estado emocional.
A propuesta por la Ministra Olga Sánchez Cordero, la máxima autoridad, otorgó un amparo a la madre de un menor que impugnó el acuerdo mediante el cual, un juez citó a su hijo, menor de edad a la audiencia de escucha, sin señalar ninguna medida que facilitara su testimonio, con lo que determinó, se dejó de observar el interés superior del niño.
Aunado a ello se determinó la constitucionalidad para escuchar y validar la opinión de la infancia valorando en primera instancia su edad y madurez. Ello porque consideró la Suprema Corte se debe atender al principio del interés superior del menor.
La Primera Sala remarcó que el juzgador hará uso de los recursos necesarios, ya sean técnicos o científicos, considerando la edad, madurez, estado emocional, así como cualquier otra condición específica del niño que permita evaluar su capacidad para formarse una opinión autónoma y, por ende, determinar que el infante está en condiciones de expresar su opinión, sin que ello afecte su integridad intelectual y emocional.