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  • 29 MAR 2024, Actualizado 00:26

Aprueba ALDF ley de protección a víctimas de secuestro

Busca garantizar que se regrese íntegramente el pago del rescate y se preserve a toda costa la vida de la persona plagiada

Por Yadira RodríguezMéxico.- El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó la Ley de protección a víctimas de secuestro, con la que se busca garantizar que se regrese íntegramente el pago del rescate para la liberación y que se preserve a toda costa la vida de la persona plagiada

El dictamen aprobado por los diputados locales establece que una vez que un juez conozca del caso de secuestro ordenará que se incauten los bienes del secuestrador para que se garantice el reembolso del pago del rescate o cualquier afectación que sufra tanto la persona plagiada como sus familiares

Además a petición de la víctima indirecta, por ejemplo hijos, la autoridad ministerial o judicial que conozca el caso de plagio podrá solicitar que se interrumpan las obligaciones fiscales, mercantiles, administrativos o civiles de índole local, como la condonación del pago de algún impuesto mientras dura el secuestro y hasta por tres meses después de la liberación

También se establece que los recursos que se les incauten a los secuestradores se destinarán a la reparación del daño, es decir, si la familia vendió un predio para pagar el rescate se le deberá reintegrar el predio o pagarle el costo del mismo

Otro beneficio contemplado es que tanto la víctima directa como indirecta deberá recibir el pago por tratamientos médicos, curativos o psicoterapéuticos

Al presentar el dictamen ante el pleno de la Asamblea Legislativa, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Julio César Moreno explicó que esta ley también establece los derechos de las personas secuestradas

La Ley de Protección a las Víctimas del Secuestro también establece medidas de protección para los familiares, por ejemplo en el caso de los hijos se establece que si están estudiando el Gobierno capitalino tendrá la obligación de incorporarlos a los programas sociales como: uniformes y útiles escolares, beca Prepa Sí, entre otros

Si se trata de menores que estudien en colegios privados junto con autoridades federales el Gobierno capitalino deberá gestionar el otorgamiento de una beca para que concluyan sus estudios, sobre todo si la persona secuestrada fue privada de la vida durante el cautiverio

Las víctimas indirectas por ejemplo el o la esposa o concubina podrán ser incorporadas al programa de Seguro de Desempleo, para que tengan algún recurso mensual garantizado por el tiempo que dure el secuestro

El Gobierno capitalino también deberá gestionar con autoridades federales y las empresas privadas que la personas privadas de su libertad no pierdan su trabajo y mantengan la seguridad social

En caso de tratarse de un trabajador del Gobierno capitalino la relación laboral deberá permanecer vigente e incluso los familiares deberán recibir el salario, como si la persona secuestrada se encontrará de incapacidad, esto siempre y cuando lo determine una autoridad judicial

La ley de Protección a las Víctimas del Secuestro entrará en vigor un día después de su publicación en la Gaceta Oficial, aunque el gobierno capitalino contará con 70 días posteriores a la publicación para ajustar el marco jurídico administrativo o celebrar convenios para dar cumplimiento a esta nueva norma.

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