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  • 18 ABR 2024, Actualizado 20:21

Avalan modificaciones a Ley de Salarios Máximos

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados avaló las modificaciones de su similar de la Función Pública al dictamen de la ley, que establece que ningún servidor público podrá ganar más que el presidente de la República

Avalan modificaciones a Ley de Salarios Máximos

México, marzo 26, 2009.- La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados avaló las modificaciones de su similar de la Función Pública al dictamen de la Ley de Salarios Máximos, que establece que ningún servidor público podrá ganar más que el presidente de la República

De ahí que se espera que el dictamen respectivo se presente en la sesión de este jueves, pero en caso de que tarde su impresión en la Gaceta Parlamentaria será hasta el próximo martes cuando pase al pleno para su discusión y, en su caso, eventual votación

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Raymundo Cárdenas, informó que fueron aprobadas las modificaciones de la Comisión de la Función Pública al dictamen de decreto que reforma diversos artículos de la Constitución

Las modificaciones son, a propuesta de las fracciones de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), incluir la frase: que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación, en el párrafo segundo del Artículo 75 constitucional

Con ello, dijo, los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como los organismos autónomos estarán obligados a incluir en sus proyectos de presupuesto los tabuladores desglosados de las remuneraciones que se propone perciban los servidores públicos

Además se presentó una modificación de redacción al Artículo 127, Fracción IV, que a la letra dice: "Quedan excluidos los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado"

También se agregó un párrafo en la exposición de motivos que señala que es necesario incluir en el régimen de excepción la posibilidad de recibir una remuneración mayor a la del superior jerárquico, cuando sea consecuente con trabajos técnicos especializados o forme parte de un sistema de carrera profesional

Con información de Notimex  

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